Tras un cuarto intermedio, la jueza decidió aceptar la solicitud punitiva del Ministerio Público Fiscal (MPF) y dictar una pena de dos años de prisión de ejecución condicional, junto con el cumplimiento de ciertas reglas de conducta, entre ellas, la prohibición de realizar cualquier tipo de hostigamiento o contacto con la víctima.
Despojo
De acuerdo con la Fiscalía, entre el 30 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, en un inmueble ubicado en el pasaje Amenábar al 4300, el acusado llevó a cabo una serie de actos materiales y violentos con el objetivo de despojar a la víctima de la posesión que tenía sobre el terreno. El 30 de octubre, mientras la víctima estaba en el inmueble junto a su esposa, el acusado llegó en un estado agresivo y alterado, obligando a la víctima a abandonar el terreno, afirmando que le pertenecía y que no podía estar allí. Posteriormente, el 2 de noviembre, al intentar volver al predio, la víctima se dio cuenta de que la entrada estaba bloqueada por el automóvil del imputado. Finalmente, el 4 de noviembre, aprovechando que la víctima no se encontraba en el inmueble, el acusado ingresó con un grupo de trabajadores y les dio instrucciones para remover los postes y la malla de alambre que constituían el cerramiento frontal del terreno, reemplazándolos por un portón de chapas de zinc, que aseguró con cadena y candado, consumando así el despojo de la posesión de la víctima sobre el inmueble mencionado.
